– Objeto y gastos subvencionables. Financiar el gasto energético en la vivienda habitual de las personas con escasos recursos económicos. Los gastos subvencionables corresponderán al consumo de electricidad, gas y otros combustibles. El importe de la ayuda será la cantidad justificada del gasto energético. El importe máximo de la ayuda será de 400 (cuatrocientos) euros por beneficiario, no pudiendo ser superior al importe efectivamente pagado por el beneficiario, por el concepto de gasto energético.

– Requisitos de las personas beneficiarias. Ser perceptoras de una pensión en cualquiera de sus modalidades, u otro tipo de ayuda o salario que ha de ser inferior al salario minimo interprofesional. Estar empadronadas en el Condado de Treviño a la fecha de presentación de la solicitud, llevando, al menos, tres años de empadronamiento. Estar abonando las facturas correspondientes a los suministros de gas, electricidad u otros combustibles. Haber realizado solicitud de bono social y tener resolución de la misma.

– Presentación de solicitudes y documentación a aportar. Junto a la solicitud suscrita por la persona interesada: Fotocopia de la primera página de la cuenta o libreta de ahorro bancaria. Fotocopia del contrato de suministro vigente y dos últimas facturas. Fotocopia de la solicitud y resolución del bono social. Fotocopia de la declaración del IRPF. El Ayuntamiento podrá reclamar la presentación de otros documentos para la resolución de las solicitudes.

– Resolución de solicitudes. Las solicitudes serán resueltas por la Comisión Municipal formada, a tal efecto, por: El/la alcalde/sa. El/la secretario/a. El/la concejal/a de Bienestar Social. Se requerirá la colaboración, en su caso, del/a trabajador/a social. Las solicitudes se resolverán en un plazo máximo de un mes». Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Burgos.

17/04/2020